La inquisición de la tasas

En las postrimerías de una impúber democracia que sin tan siquiera haberse consolidado con toda la seriedad que una convocatoria a comicios requiere, ya comienza a atisbar el encanecimiento prematuro de algunas de sus instituciones, asoman ya las primeras metástasis de un estado social y derecho, que si bien es y debe ser la consagración de la soberanía popular, se colapsa sobre sí mismo en su bastión fundamental, en otro tiempo anhelado por un pueblo ávido libertad. La otrora justicia exenta de casi todo el elenco de procesales garantías , se proyectó con la llegada de la libertad democrática como el paradigma y baluarte de la modernidad tardía en España , y se fraguó como una ciencia jurídica a desarrollar y sobre la que madurar y escenificar un estado de derecho y una justicia que nos igualaba a todos ante la ley.
Y hete aquí que, apenas vertebrada nuestra adolescente Administración de Justicia, en la que hogaño sí podríamos ver resueltas nuestras diferencias y obtener una eficaz tutela judicial con todas las garantías que en un proceso judicial deben coadyuvar, nos enfrentemos en los próximos tiempos a la quiebra total de los más elementales pilares que en cualquier moderna e intelectual democracia deban subyacer. Y así, la Administración de Justicia va a ser desintegrada a rodillo por una “ley de tasas” que más que asumir la intención de ser un “copago judicial” , parece querer flanquear la más humildes economías ,y castigar si cabe aún más a aquellos que menos económica capacidad disfrutan.
Se argumenta desde los frontispicios de Moncloa que, con dicha inquisitoria tasa, el acreedor ciudadano de la justicia coadyuvará al sostenimiento de la misma, y a sufragar los gastos dimanantes del social beneficio de la justicia gratuita. Muy lejos de hilvanar tal demagógica necesidad, la inquisitoria tasa producirá un socavón en las más humildes y dóciles carteras , produciendo en las clases medias (que somos la mayoría) una brutal brecha que les separará aun mas de los privilegiados capitales.
Nos encontramos además con una segunda instancia procesal ,a la cuál el acreedor de justicia llega a través del recurso de apelación, y a tenor de cuya meritada y déspota tasa , se verá el ciudadano de a pie casi constreñido a abandonar la instancia y conformarse con el fallo de la básica planta judicial.
En esta tesitura, y ante los aledaños de una convulsa sociedad exageradamente castigada por el galope de la crisis, y por medidas impositivas que han cuarteado sus caudales, se hace impredecible adivinar la reacción del orbe ante tamaña tropelía jurídica. Amén de que el distanciamiento entre los diferentes bolsillos se va a acuciar sobremanera, la clamorosa inconstitucionalidad de dicha caciquil tasa va a mermar nuestras domesticas huchas rompiendo la baraja constitucional y produciendo la mayor grieta jurídica y social que podamos haber vivido desde que conocemos nuestra joven Carta Magna.

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